EXCEDENCIAS

Una excedencia es una suspensión temporal de la relación o contrato laboral por decisión del propio trabajador, o por causas vinculadas a él.

¿Estando en excedencia voluntaria puedo trabajar en otra empresa?

Una persona en excedencia puede trabajar sin problemas en otras empresas, incluidas las del mismo sector, siempre que no exista una cláusula de condición resolutoria en el contrato que lo prohíba y que no se incurra en competencia desleal. Es una práctica común que intenten que firmes una cláusula de ese estilo al solicitar la excedencia pero ten claro que no es obligatorio. Habla con nosotros.

Últimas noticias sobre Excedencias:

La excedencia se encuentra regulada en el Estatuto de los Trabajadores, donde se establece que cualquier trabajador puede solicitarla sin que la empresa se pueda oponer. Durante el tiempo de excedencia el trabajador puede dedicarse a otros trabajos u actividades. En función de a qué sea dedicado este tiempo nos encontraríamos con dos tipos diferentes de excedencia: forzosa y voluntaria. Os explicamos todas las opciones para acogerse a una excedencia.

EXCEDENCIA FORZOSA

Excedencia que ocurre cuando el trabajador ha obtenido un cargo público que le impide acudir a su puesto o debe llevar a cabo acciones sindicales fuera de la provincia. La empresa está obligada a conceder la excedencia, además de a guardarle el puesto de trabajo y mantener la antigüedad.

La duración será la de la vigencia del cargo público. El trabajador deberá de solicitar la reincorporación en un plazo inferior a un mes desde el cese en el cargo público.

EXCEDENCIA VOLUNTARIA

Los trabajadores fijos en plantilla, y con al menos un año de antigüedad en la Empresa, podrán solicitar excedencia, cuya duración no será inferior a 3(tres) meses, ni superior a 5(cinco) años.

  • El trabajador que estando disfrutando de excedencia deseara prorrogar la misma, deberá solicitarlo por escrito con un mes de antelación al Departamento de RRHH, antes de que finalice esta.
  • Para el reingreso en la Empresa será necesario que el trabajador lo comunique un mes antes de que acabe su excedencia.
  • Si al solicitar el reingreso en la Empresa no hubiera vacante de su categoría y existiera vacante en otra cualquiera, el trabajador podrá optar a ella, en las condiciones generales y económicas de la vacante, siempre que reúna las condiciones profesionales necesarias, ocupando el puesto primitivo en la primera vacante que se produzca.
  • Cuando el trabajador hubiese reingresado en un puesto de inferior categoría a la suya, podrá ocupar la primera vacante de su categoría que se produzca, sin necesidad de examen u otros requisitos.

EXCEDENCIA POR ESTUDIOS

Excedencia con reserva del puesto de trabajo de hasta dos años que se concederá de forma automática siempre que no esté siendo disfrutada por más de 10 trabajadores. En el caso de que se solicite dicha excedencia y el número de trabajadores antes apuntado se haya alcanzado, se estudiará por parte de la Dirección si se concede o no.

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJOS

Excedencia no superior a 3 (tres) años, para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.

  • Cuando la excedencia haya sido solicitada por tiempo inferior a 3 (tres) años, ésta podrá ser prorrogada hasta el máximo de los 3 (tres) años.
  • Los sucesivos hijos en todos los supuestos anteriores, darán derecho a un nuevo período de excedencia que, en su caso, pondrá fin al que viniera disfrutando.

A la finalización de la excedencia, su reingreso estará garantizado de la siguiente manera:

  • Durante el primer y segundo año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

La excedencia aquí descrita, que se podrá disfrutar de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores hombres o mujeres. No obstante, si dos trabajadores de DiMETRONIC, S.A. generaran este derecho por el mismo sujeto causante, se estará a lo establecido en el Art. 46.3 del E.T conforme lo preceptuado en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de Marzo.

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE FAMILIARES DEPENDIENTES

Excedencia de hasta dos años con reserva del puesto de trabajo regulado en el Articulo 46 del E.T. para cuidado de familiares que por razón de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por si mismos.

COMUNICADOS

  • Formación en Siemens RA
    A lo largo de los años, las quejas de los trabajadores sobre el déficit de formación es una constante, pero el hecho de que ahora se esté dedicando un dinero que ponemos todos para formar a unos pocos o para obtener beneficios por impartir cursos que no están dedicados a la formación profesional, es algo que clama al cielo.
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